Pluriempleo: ¿se Puede Trabajar Más De 40 Horas En Dos Empresas?

Por pluriempleo se entiende la coyuntura de la persona que trabaja por cuenta extraña en 2 o más compañías bajo exactamente el mismo régimen de la Seguridad Popular. De esta forma se diferencia de la pluriactividad, que sería la situación de las personas que se ocupan de cuenta extraña y, además, tienen su negocio o cotizan en un régimen diferente. Por tanto, la posibilidad de cobrar el paro es dependiente de la jornada de trabajo que poseas en el empleo que mantienes y de la jornada laboral del empleo que has perdido. En 2022 la base máxima de cotización está en 4.139,40 euros en el Régimen General. La compañía tiene obligación de avisar esta situación si sabe que su trabajador está como pluriempleado y tiene dos contratos de trabajo.

Una cantidad considerable de trabajadores en España se sugieren un segundo empleo, por lo que hay que tener en consideración ciertos puntos en el momento de tener dos contratos de trabajo a la vez. Compaginar 2 trabajos es algo totalmente legal, mientras que no tengas una cláusula de exclusividad en tu contrato que impida que trabajes con otras compañías. Además, deberás tener en cuenta que se respeten las horas de reposo correspondiente entre el término de una jornada laboral y la próxima. La jornada máxima legal establecida en España es de 48 horas semanales, incluyendo cada domingo y festivos. Esto significa que, teóricamente, un individuo que trabaje en pluriempleo no debería superar esta cantidad de horas. Si usted está teniendo en cuenta el trabajo a día completa en 2 empleos, asegúrese de que usted tiene presente todos estos factores.

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Y en lo que se refiere al tema fiscal, ¿de qué manera te afecta tener dos o más trabajos, deberás abonar más impuestos a Hacienda? La contestación es no, por tener 2 trabajos no tendrás que abonar más IRPF. Muchas son las empresas que en la actualidad ofrecen el trabajo a distancia a la gran mayoría de su plantilla de trabajo. Pero la cosa cambia si la opción alternativa a tener dos trabajos a tiempo parcial es tener un trabajo a tiempo completo.

La respuesta dependerá de tu situación personal y de las condiciones de cada trabajo. Debes valorar en qué medida influirá una carga laboral agregada en tu día a día. Si un empleado tiene dos contratos de trabajo y los dos trabajos están en exactamente el mismo régimen de la Seguridad Social, se estima que es pluriempleado. La ley no impide tener 2 trabajos a media día o jornada completa, siempre y cuando se efectúen en distintas horarios.

¿Qué Pasa Si Tengo 2 Trabajos A Día Completa?

En la experiencia de Fernando, esto ya ocurre, sobre todo en profesiones liberales y asimismo al calor del auge del teletrabajo. No solo por la gente que tienen 2 puestos en remoto, sino más bien porque el poder simultanear por lo menos uno en remoto con otro presencial lo hace posible. Simultanear 2 puestos presenciales con horarios solapados directamente es realmente difícil. “En gente en oficina también se está produciendo, pero con quienes solo teletrabajan se da mucho más, es más difícil que les pillen”, cuenta el experto. Explica asimismo que el pluriempleo que trata de conjuntar dos empleos por cuenta extraña en una sola jornada laboral no es exactamente lo mismo que un pluriempleo clásico. Puedes trabajar todas las horas que desees, o sea, puedes estar en dos empresas a día completa.

puedo tener dos trabajos a jornada completa

Sin embargo, existe una secuencia de excepciones en las que sí te dejarían llevarlo a cabo. En la situacion de usados que esconden su doble puesto, esto no es factible, pero tampoco tiene consecuencias más allá de que las empresas y él mismo están pagando de sobra. En la situacion de comunicarlo, posiblemente ambas prescindirían de él, así que al trabajador precisamente le sale rentable. El Estatuto de los Trabajadores limita la día ordinaria de trabajo a 40 horas de trabajo efectivo en balance de forma anual. No obstante, en el momento en que nos encontramos en presencia de dos contratos, tal limitación deja de operar para el grupo de la prestación, aunque prosigue operando, obviamente, para cada uno de las relaciones contractuales consideradas por separado. Las personas pluriempleadas tienen la obligación por ley de reportar de su situación a la Tesorería de la Seguridad Social.

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Esto es, una misma persona puede estar haciendo un trabajo para una empresa y estar en el Régimen General y a la vez ser empresario, teniendo que figurar en el Régimen Particular de Trabajadores Autónomos. Se estima que un trabajador es pluriempleado cuando trabaja para dos o más empresas y está dado de alta en un mismo Régimen de la Seguridad Popular para los 2 trabajos. Como vimos al principio, la Ley General de la Seguridad Popular permite compaginar el trabajo a tiempo parcial con cobrar el paro o el subvención de un contrato que se ha extinguido. Aunque las políticas de empleo que hay en todos y cada instante pueden entablar determinadas salvedades a esta regla establecida. Sin embargo, lo que sí permite esta regla es compaginar estas ayudas por desempleo con un trabajo a tiempo parcial. Semeja que todos contamos claro que no podemos cobrar el paro si estamos haciendo un trabajo.

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En el caso de tener capital que proceden de múltiples pagadores, estas condiciones cambian. Pero, además de estas cuestiones, hay otras cosas que debes tener en cuenta si compaginas dos trabajos. Por ejemplo, que es fundamental una aceptable organización para realizar tus obligaciones y responsabilidades en cada uno de los trabajos. “Si alguien quisiera llevar a cabo esto de buena fe, podría charlar directamente con su compañía”, continúa el asesor. “Si trabaja por objetivos en lugar de por horas, y los cumple bien, no debería tener problema”.

En el año 2022 este máximo es de 4.139,40 euros en la categoría más alta de cotización en el Régimen General. Es decir, probablemente no sea por todo lo que se trabaje en los dos empleos, ahora que hay un límite por arriba. Está en situación de pluriactividad aquella persona que trabaja por cuenta propia o ajena en diversas actividades que, además, dan lugar al alta en dos o más Regímenes diferentes de la Seguridad Popular.

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Uno de esos casos, y de similares características, es el que cuenta Carla, que no lo vivió en primera persona, pero sí fue testigo de esto en su anterior empresa. El pluriempleo o la pluriactividad es totalmente legan en España, pero el artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores establece 2 excepciones a esta regla general. Además ciertas empresas también proponen a una empresa dos puestos de trabajo. Según el último informe del INE, el número de españoles que trabajan más de un empleo asciende a 1,6 millones, lo que representa un 8,3% de la población activa. Tener 2 empleos puede ser estresante, pero es viable hacer que funcione para ti.